Acceso a espacio abierto

FaseLinamientoPuntos
DiseñoOpcional2

OBJETIVO:

Proporcionar espacios al aire libre en los que se fomente la interacción social.

MARCO DE REFERENCIA:

InternacionalNacional
-Decreto 1788 de 2004

Decreto 1077 de 2015

REQUERIMIENTOS:

El proyecto debe demostrar que los residentes tienen acceso a espacios al aire libre, mediante alguna de las siguientes alternativas:

Opciones

Opción 1 - Al exterior del proyecto:  en zonas comunitarias equivalentes al 40% del área del predio, en una distancia de 600 metros caminando (de forma segura), medida desde cualquier acceso peatonal habilitado del proyecto.

Opción 2 - Al interior del proyecto: espacios que representen al menos un 20% del área del predio.

Opción 3 - una combinación de la Opción 1 y Opción 2. El proyecto demostrará su cumplimiento si:

Esp. Abierto al Ext. del Proyecto / 0.4 + Esp. Abierto al Int. del Proyecto / 0.2 > Área del proyecto

FORMA DE IMPLEMENTACIÓN:

A criterio del equipo del proyecto.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

FaseDocumentación
Diseño
  1. Descripción general: descripción de cómo el equipo del proyecto demuestra el cumplimiento del requerimiento.
  2. Plano espacio abierto: plano con cuadro de áreas que demuestre el cumplimiento del lineamiento con cualquiera de las tres alternativas.  En el caso de la opción 1 se debe identificar claramente los recorridos peatonales y la accesibilidad de los usuarios
Construcción-

VARIACIÓN REGIONAL:

No aplica.

NOTAS:

Los espacios deben ser accesibles a los usuarios del edificio y deben fomentar la interacción de las personas.

Terrazas o cubiertas verdes pueden ser parte de estas áreas siempre y cuando se demuestre que los usuarios pueden acceder y realizar actividades dentro de ellas.

Se consideran zonas comunitarias al aire libre:

  • Plazoletas
  • Parques (Áreas duras, Áreas verdes)
  • Parques lineales.
  • Gimnasios urbanos.
  • Áreas de recreación pública.
  • Reservas naturales.

No se considera espacio abierto, el área de andenes o ciclo rutas, tampoco se contará el área de parqueaderos al aire libre para el cumplimiento de este requerimiento.