Condición | Puntaje Máximo | Fase de Documentación |
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Obligatorio | - | Diseño y construcción |
Opcional | 2 | Diseño y construcción |
Proporcionar infraestructura y equipamientos que faciliten un estilo de vida saludable para el usuario final.
Resiliencia | Carbono Embebido | Carbono Operacional | Equidad Social | Salud y Bienestar | Biodiversidad | Recursos y Circularidad |
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Este lineamiento cuenta con un requerimiento obligatorio y uno opcional con dos opciones de cumplimiento.
Eliminar la posibilidad de fumar (tabaco, vapeo o cigarrillo electrónico, cannabis) en zonas comunes interiores. Esta condición debe estar establecida dentro del Reglamento de Propiedad Horizontal y se deben definir las medidas previstas para garantizar su cumplimiento. Este requerimiento obligatorio no aplica en vivienda unifamiliar aislada sin zonas comunes.
Los proyectos multifamiliares deben instalar tapetes atrapamugre de forma permanente en cada entrada principal peatonal desde el exterior del bloque o torre, y desde el parqueadero subterráneo, del mismo ancho al de la entrada, y adicionalmente deben escoger una o varias de las siguientes opciones:
Opción 1. Parqueaderos para bicicletas (1 punto)
Contar con parqueaderos seguros para bicicletas dentro del proyecto para mínimo el 30% del total de las viviendas.
Un parqueadero seguro debe cumplir la condición de estar bajo llave todo el parqueadero o que se pueda dejar bajo llave cada bicicleta.
Opción 2. Espacios para actividad física (1 punto)
Contar con áreas dedicadas para la actividad física de los ocupantes, al interior del proyecto, que permitan el uso simultáneo por parte de al menos:
Los espacios pueden ser cerrados o abiertos siempre que sean dedicados a actividad física para cualquier edad y accesibles a los residentes del proyecto. La simultaneidad debe ser consistente con la actividad física destinada para cada espacio y no superar la capacidad diseñada de acuerdo a normas o regulaciones aplicables en temas de seguridad humana.
Opción 3. Control avanzado de humo de cigarrillo (1 punto)
Eliminar la posibilidad de fumar (tabaco, vapeo o cigarrillo electrónico, cannabis) en zonas comunes exteriores. Esta condición debe estar establecida dentro del Reglamento de Propiedad Horizontal. Es posible designar una zona para fumadores que se encuentre a más de 7,5 metros de zonas de unidades residenciales, parques infantiles y cualquier espacio para interacción social y/o actividad física.
Nota: Los proyectos de vivienda unifamiliar no deben cumplir el requisito de tapetes atrapamugre. De acuerdo con la condición del proyecto, pordrán aplicar a puntos si la copropiedad o el urbanismo incluye alguna de las opciones anteriores.
Desde el diseño plantear la ubicación de parqueaderos de bicicletas y de espacios para la actividad física. Para promover el uso de la bicicleta es necesario prever su parqueadero y que este sea seguro, se pueden contemplar espacios horizontales o verticales. En cuanto a los espacios para actividad física, esta puede ser moderada o intensa, entre las más comunes cabe mencionar caminar, montar en bicicleta, pedalear, practicar deportes, participar en actividades recreativas y juegos.
DISEÑO |
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Obligatorio: Control de humo de cigarrillo
Opcional: Solo proyectos multifamiliares
Opción 1: Parqueaderos bicicletas
Opción 2: Espacios para actividad física
Opción 3: Control avanzado de humo de cigarrillo
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CONSTRUCCIÓN |
Obligatorio: Control de humo de cigarrillo
Opcional:
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No aplica.
No aplica.
No VIS/ otros usos
Un proyecto de vivienda No VIS para 100 residentes contará con una cancha de tenis (simultaneidad 4 personas), un gimnasio al aire libre (5 personas) y un sendero peatonal (simultaneidad 20 personas), para un total de 29% del total de los residentes, aplicando a la opción 2 para un punto.
VIS
Un proyecto de vivienda VIS de 500 residentes contará con un gimnasio al aire libre (10 personas) y una cancha de fútbol (simultaneidad 22 personas), para un total de 6,4% del total de los residentes, aplicando a la opción 2 para un punto.
INFORMACIÓN DE CONTACTO
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